Cristiano Ronaldo y Lionel Messi han descubierto un inesperado espacio de complicidad jurídica. Ante la denuncia contra Cristiano por fraude fiscal, los abogados del portugués esgrimen la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona en el caso Messi, en el que tanto los jueces como los peritos de Hacienda afirman que los “derechos de imagen” son “rendimientos del capital mobiliario”, y no rendimientos de la actividad económica. La distinción es significativa. Los rendimientos del capital mobiliario tributan a un tipo del 25% mientras que las rentas derivadas de la actividad económica tributan al 50%.
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